Prohíbense los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de SESENTA (60) días contados a partir de la fecha de publicación del presente decreto en el Boletín Oficial. Entre otras cosas: Empresas hasta 25 empleados, subsidios al valor del salario mínimo (16.000$). Empresas hasta 60 empleados subsidios de $12.000 y reducción del 95% de los aportes patronales. Empresas de más de 100 empleados asignación contributiva de 6.000 a 10.000. Se prohíben los despidos y las suspensiones por fuerza mayor.